En virtud de los contratos de mandato otorgados por los productores fonográficos, Sony Music Entertainment Colombia S.A, Universal Music Colombia S.A.S, Warner Music Colombia S.A.S, Codiscos S.A.S, FM Entretenimiento S.A.S, Discos Lags LTDA, Balboa Vander de Colombia S.A, BetoYou Music Publishing S.A.S, Rich Music Inc, Star Arsis Entertainment Group S.A.S y Union Music Colombia S.A.S,  a La  Asociación Para La Protección De Los Derechos Intelectuales Sobre Fonogramas y Videos Musicales – PROMÚSICA COLOMBIA (antes APDIF),  nuestra entidad está facultada para  para representar, proteger y recaudar  los siguientes derechos conexos y de autor del cual son titulares las referidas empresas, a saber :

 

  • Almacenamiento Digital de Fonogramas, en establecimientos abiertos al público.
  • Almacenamiento Digital de Videos Musicales, en establecimientos abiertos al público.
  • Comunicación Pública de Videos Musicales, en establecimientos abiertos al público.
  • Comunicación al Público de Videos Musicales, en canales de televisión, webcasting y simulcasting.
  • Indemnizaciones por sincronizaciones no autorizadas, en programas de televisión, webcasting y simulcasting.

 

“El Almacenamiento Digital de Fonogramas ”y de “Videos Musicales, en términos prácticos ocurre cuando tenemos la música (canciones) almacenada o guardada en cualquier tipo de  dispositivo. Estos dispositivos pueden ser de almacenamiento permanente como una Memoria USB o de almacenamiento temporal como la Memoria Caché de un computador (ocurre al usar plataformas de Streaming o Pseudo Streaming). Realmente no hay diferencia entre una forma de almacenamiento u otra, lo realmente importante es que se realice para comunicarse al público el contenido musical en un establecimiento abierto al público.

“La Comunicación al Público de Videos Musicales”, ocurre cuando permitimos que una pluralidad de sujetos perciba no solo los sonidos de una canción, sino también las imágenes que los acompañan, esto es una obra audio visual y tienen un gran atractivo para los usuarios gracias a la dedicación de los productores en su creación.

“La Sincronización del Fonograma" ocurre cuando se hace uso parcial de un fonograma (canción) dentro de una producción o programa de televisión, por ejemplo, la entrada que puedan hacer los presentadores del programa cuando incluye un fondo musical”

Se recomienda a los establecimientos abiertos al público, canales de televisión por radiodifusión, satelital, webcasting o simulcasting, que hace uso de contenido musical en cualquiera de su modalidades, así como a los proveedores de ambientación musical de establecimientos abiertos al público, se pongan en contacto con nuestra entidad, con el fin de validar si presentan alguna obligación a favor de los catálogos de nuestros asociados.

 

Informamos, que para aquellos establecimientos abiertos al público que se encuentran al día en los pagos a PROMÚSICA COLOMBIA hasta el 31 de diciembre del 2021, que a partir del 1 de enero del 2022 podrán realizar el pago de los derechos de autor y conexos que representamos en nombre de nuestros asociados a través de la liquidación de la Organización Sayco – Acinpro (OSA). Para estar seguros de que están realizando el pago, podrán verificar si en dicha liquidación aparece el Logo de ProMúsica Colombia y el concepto de “Almacenamiento Digital ProMúsica – Acinpro”.

 

EDIFICIO BACATA CENTRO. Calle 19 No. 5-30 Oficina 2204. Celular: 3227649464. Fijo 0312881625. Bogotá, Colombia.

 

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